Sancionado un agente del instituto armado por dormirse en una guardia

Un superior se lo encontró recostado en un sillón ?y con el pie derecho colocado sobre una mesa

La Justicia Militar acaba de confirma la sanción impuesta a un guardia civil pontevedrés por dormirse mientras estaba de guardia. Se le considera autor de una negligencia en el cumplimiento de sus deberes profesionales de carácter leve, falta que le acarreó la pérdida de un día de haberes.

Todo ocurrió a finales de febrero del 2007 cuando el funcionario estaba realizando un servicio de puertas desde las seis de la mañana a las dos de la tarde. Sobre las 9.30 horas, un cabo primero, comandante accidental del puesto, accedió al interior de las dependencias oficiales y se percató de la situación en la que se hallaba su subordinado: «Se encontraba dormido en el sillón en el que estaba sentado recostado del brazo izquierdo, el cual apoyaba sobre el sillón y el pie derecho colocado sobre la mesa».

El agente, inicialmente, no se apercibió de la llegada de su superior, aunque sí lo hizo a los pocos segundos.

Semanas después del incidente, el coronel jefe de la Guardia Civil de Pontevedra acordó la sanción citada. El agente recurrió pero el general jefe de la zona de Galicia desestimó el recurso de alzada.

Al funcionario solo le quedó acudir a la justicia. En un primer momento, el Tribunal Militar Central dio la razón al agente pontevedrés, si bien posteriormente el Supremo dio por buena la sanción inicialmente impuesta.

Medicación y somnolencia

En la primera sentencia, la sala entendió que no consideraba suficientemente acreditada la culpabilidad del guardia civil, toda vez que este «estaba tomando un analgésico con posibles efectos de ligera somnolencia». Esta circunstancia «elimina cualquier responsabilidad en su conducta».

Sin embargo, el alto tribunal no comparte la misma interpretación. Así, pone de manifiesto que «se encontraba de alta» para el servicio, por lo que, «objetivamente, el tratamiento médico que está tomando para tratar su contractura en un hombro y que podía producir somnolencia, no afectaba a su plenitud de facultades para prestar servicio».

Se da la circunstancia de que el agente pontevedrés siempre negó que tuviese los ojos cerrados y que se hubiese dejado vencer por Morfeo. Ante esta tesis, el Supremo concluye que su postura no era la más adecuada para mantenerse en vigilia.